¿Qué sigue después del despido del profesor de UPB?

Estudiantes pidieron garantías ante los presuntos casos de acoso sexual en la UPB

¿Qué sigue después del despido del profesor de UPB?

Tras los presuntos casos de acoso sexual por parte de un docente universitario de la UPB hacia varias estudiantes, en Gente conversamos con diferentes expertas en estudio de género quienes dieron su punto de vista sobre la situación y las sanciones que acarrean este tipo de conductas.

El pasado 12 de marzo el periódico El Colombiano publicó un artículo evidenciando varias quejas de estudiantes que atribuían un presunto acoso sexual por parte de un docente de la UPB.

Nicolás Chalavazis Acosta, docente investigador de Comunicación Social y doctor en Filosofía, fue señalado por 5 estudiantes mujeres de hacerles insinuaciones sexuales y sentimentales por medio de chats, invitaciones a salir o regalos.

Y según el colectivo feminista ‘Bolívar en Falda’, tienen reporte de más de 20 casos de acoso que ocurrieron entre 2015 y 2022, situación que genera más preocupación porque según ellos “las quejas fueron puestas en conocimiento, pero nunca se habían tomado medidas frente a los casos”.

Fernanda Herrera, cofundadora del colectivo ‘Bolívar en Falda’, expresó que “es ilógico que la universidad tome estas posturas porque en el 2020 realizamos un plantón donde hablábamos de varios hechos de violencia de género que relacionaba a este y otros docentes. Así mismo, enviamos un derecho de petición donde recolectamos varios testimonios y evidencias de los acosos sistemáticos”.

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Además añadió que “es muy indignante que continúen las acciones de omisión de estos hechos que ocurren en el campus. Se excusan en un protocolo y una ruta de atención que carece de acciones adecuadas para la atención de las violencias basadas en género de los espacios universitarios”.

¿Sabían de la situación?

Desde la universidad publicaron un comunicado en el que decían que “no se había recibido ninguna denuncia y no se tenía registro de quejas en contra del profesor”.

Sin embargo, reiteraron su rechazo a cualquier tipo de violencia sexual y recordaron que tienen una ruta para la prevención, detección y atención integral para víctimas de violencia sexual, el cual se encuentra publicado en su portal web.

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¿Qué ocurre en estos casos?, ¿cuál es la ruta a seguir luego de interponer una queja por acoso? y ¿cuál debe ser la sanción para los agresores que cometen este tipo de conductas?, son algunas de las preguntas que pueden dejar esta situación y que junto a una experta tratamos de poner en claridad.

Es por esto que Gente consultó con María Fernanda Paz Gil, abogada especialista en estudios de género y magíster en derecho, quien inicialmente explicó que “lo primero es destacar que las universidades tienen la obligación de tener protocolos y rutas de atención y prevención a la violencia sexual, de género y discriminación en general. Ya que estas son escenarios que replican las lógicas sociales de poder y los profesores en general tienen una posición de poder frente a los estudiantes, concretada en las calificaciones”.

“Entonces las universidades son escenarios en los que por años se han perpetuado lógicas de abuso del poder, específicamente en diferentes tipos de acoso. Lo que ha cambiado es la formación de los estudiantes. Claramente los estudios y colectivos feministas han permitido a las estudiantes detectar esa violencia estructural que por años se ignoró”, comentó la abogada.

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¿Puede ocurrir algo penalmente?

Según la abogada solo ocurre una sentencia penal si hay un delito como violación, actos sexuales abusivos, proxenetismo, acoso sexual, entre otras conductas.

Estudiantes pidieron garantías ante los presuntos casos de acoso sexual en la UPB

La conducta del profesor es reprochable desde la ética y podría llevarle un proceso disciplinario en el marco de su contrato de trabajo si se elevan las quejas correspondientes. Insisto, no todas las conductas graves o reprochables son delitos.”

En su intervención expone que es claro que ningún docente tiene por qué presionar a estudiantes por medio de notas para obtener favores sexuales o amorosos, ni invitarles a salir, ni mandarles libros de poemas o cuadros. Sin embargo, esas actividades por sí solas no se encuentran tipificadas como delitos y es ahí donde cobra especial importancia la actividad feminista.

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¿La ley es la salida?

En un país como Colombia donde el hurto, el homicidio y la corrupción están prohibidas penalmente, se conoce que las cifras de estos delitos no son muy alentadoras.

Para María Fernanda Paz puede haber otras formas de lograr cambios en la conducta humana, especialmente con aquellas conductas que no son consideradas delitos.

“El derecho regula la conducta humana, principalmente por medio de la coerción y de la amenaza, es decir, se castiga una conducta que socialmente consideramos dañosa ya sea con una privación de la libertad, prohibición para ejercer un cargo público, inhabilitaciones, multas y afectaciones al patrimonio”.

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Pese a esto “los colectivos feministas al hacer visible esta información, al dejar en evidencia conductas sistemáticas, entre otras acciones, generan que se entienda que una conducta aunque no sea delito puede considerarse mala y que afecta”.

¿Qué pasa con las quejas en el aire?

Según la profesional se debe poner la queja contra la universidad ante el Ministerio de Educación. “Los entes educativos deben ser espacios seguros para los estudiantes y la obligación de estos entornos es dejar de invisibilizarlos, hacernos cargo implica hacernos preguntas incómodas y concertar soluciones”.

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Su posición no es que todo deba penalizarse, pero “educarnos como sociedad es fundamental porque hemos normalizado conductas que no son las correctas. Entonces lo que pueden hacer es modificar contratos de trabajo y hablar con los docentes sobre este tipo de conductas prohibidas”, argumentó.

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Aunque según la universidad no hay ninguna queja formal, Paz señaló que “no hay forma de sancionar los chismes, pero si se tienen constancia de que esas quejas fueron formales, si hay evidencias de correos electrónicos, llamadas, mensajes, etc, se puede proceder a interponer la queja ante el Ministerio de Educación”.

“Este no puede ser el final”

Más allá de que desde el centro educativo hayan decidido finalizar el contrato del docente, desde el colectivo ‘Bolívar en Falda’, manifestaron que “retirar a un docente de un aula no es realmente efectivo si no se dicen las razones reales por las que le suspendieron el contrato, tampoco tienen ningún tipo de sanción disciplinaria en su manual y no conocemos las acciones para evitar que se repiten hechos de acoso, ya que han ocurrido los mismos episodios con otros profesores”.

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Para la abogada María Fernanda Paz las sanciones por este tipo de casos pueden ser penales y disciplinarias en el marco de un contrato de trabajo. Teniendo como obviedad que la sanción penal requiere un proceso e inicia con una denuncia.

“Terminar el contrato de trabajo también es una acción mediática que busca apagar el incendio, pero que invisibiliza el origen del problema. Es fundamental revisar los contratos de trabajo, analizar las obligaciones y prohibiciones de las partes, educarnos e invitar al diálogo abierto por incómodo que parezca, con el fin de tener una solución integral, es decir, que esté pensada para prevenir futuros casos de acoso y avanzar en el camino del respeto como individuos ”, concluyó.

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Por: Alexis Carrillo Puerta
alexisc@gente.com.co
Fotos: Manuel Saldarriaga

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