Alcaldía de Envigado sanciona contaminación visual por vallas

Alcaldía de Envigado sanciona contaminación visual por vallas

No ha sido raro que usted vea algunos elementos publicitarios cerca a su casa o en diferentes barrios del municipio de Envigado. Las también llamadas vallas tienen un control por parte de las autoridades de planeación para evitar así la contaminación visual.

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Según cifras de la Administración Municipal, han sido más de 650 elementos publicitarios los que se han retirado en sectores como Envigado centro, avenida Las Vegas, Las Brujas, El Escobero, Chinguí, entre otros. Este control se hace por medio de brigadas conformadas por personal de la Secretaría de Espacio Público, el Departamento Administrativo de Planeación y la Secretaría de Seguridad y Convivencia.

“Es hacer una invitación a toda la ciudadanía y a los que contribuyen a la publicidad visual exterior a que cumplan con los reglamentos e instructivos; que se asesoren y pidan los permisos respectivos en los términos de norma para que contribuyamos en conjunto a tener un municipio limpio”, dice Eliana Ospina, Directora del Departamento Administrativo de Planeación de Envigado.

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Según el artículo 12 del Acuerdo número 22 ( agosto 15 de 2017), “por medio del cual se reglamenta la instalación de elementos publicitarios en el municipio de Envigado y se dictan otras disposiciones”, estos son los sitios prohibidos para instalar elementos publicitarios:

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  • En las áreas que constituyen espacio público, salvo en las áreas de reglamentación especial para la instalación de publicidad exterior visual.
  • En terrazas, cubiertas, culatas de inmuebles construidos y muros medianeros de edificaciones.
  • A menos de 200 metros radiales de los bienes considerados patrimonio de carácter nacional, departamental y/o municipal.
  • En las vías.
  • En torres eléctricas.
  • En postes de energía, lámparas de alumbrado público, antenas de telecomunicaciones, ni demás equipamientos urbanos de esta naturaleza.
  • Sobre cualquier otra estructura de propiedad del Estado.
  • En zonas de uso residencial.
  • En la vía de El Escobero, desde la vía la intermedia hasta la vía hacia El Retiro, en la Transversal de la Montaña y las vías terciarias en suelo rural.
  • En fachadas, aleros, voladizos, tapasoles, marquesinas y enrases de las edificaciones.
  • Áreas libres públicas o privadas de un complejo vial.
  • En las curvas horizontales pronunciadas de carreteras y autopistas.
  • En área urbana a menos de 100 metros radiales de las glorietas, tomados a partir del borde exterior de la misma; y en área rural a menos de 80 metros radiales de las glorietas, tomados a partir del borde exterior de la misma. Esta distancia será medida desde el borde exterior de la glorieta, hasta el borde más exterior de la valla.
  • En el área de influencia inmediata de 100 metros, del Sistema de Transporte público Masivo Metro y Metroplús, determinada en el Plan de Ordenamiento Territorial.
  • Dentro de retiros de quebradas, retiros del río Medellín y de sus quebradas afluentes, tanto en cobertura como en cauce natural.

Si incumple alguno de estos requerimientos, podría ser sancionado desde 5 hasta 20 salarios mínimos legales vigentes. Para más información de trámites y permisos para instalar una valla publicitaria puede llamar a la línea del Departamento Administrativo de Planeación de Envigado: 339 40 00, ext. 4028.

Además, tenga en cuenta estos pasos:

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Por: Daniel González Jaramillo
danielgj@gente.com.co

Fotos: Jaime Pérez

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