
Cuidado, que no lo multen por podar un árbol
Una poda sin autorización tiene al borde de una millonaria multa a un empresario de El Poblado (Medellín). Esté atento, porque le podría pasar a usted.
Por podar un árbol sin el visto bueno del Área Metropolitana del Valle de Aburrá (Amva) una empresa de El Poblado podría resultar multada.
Así se desprende de una resolución metropolitana en la que la autoridad ambiental inició un procedimiento sancionatorio ambiental y formuló pliego de cargos contra una firma constructora por haber podado una acacia amarilla (Caesalpinia pluviosa) para dar paso a un hotel.
En el documento se puede apreciar que si bien el representante de la firma constructora solicitó la visita de la autoridad ambiental para para definir la poda, la realizó de manera inadecuada antes de que llegaran los funcionarios del Amva.
Tal conducta le podría acarrear una multa de hasta por 5000 salarios mínimos. Si esta cifra le parece elevada, considere que una sanción similar podría recaer sobre su unidad o usted.
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En La unidad o el hogar
No es la primera vez que hay una sanción por una poda o tala en El Poblado. Una de las más conocidas se dio en febrero del año 2011, cuando el Área Metropolitana le impuso una multa de 445 millones de pesos a una empresa por la tala sin autorización de 130 árboles en el sector de El Diamante 2.
Tal y como denunciaron los vecinos que denunciaron los hechos, en el procedimiento fueron talados guayabos, eucaliptos, cipreses y falsos laureles, entre los que había árboles de hasta 100 años.
Pero no solo las empresas tienen responsabilidades en materia de conservación de los árboles. Así hubiera sembrado un árbol en su casa o en la unidad, este no es de su pertenencia.
Inclusive, si estos representan un riesgo para la propiedad, las talas o podas solo se pueden ejecutar cuando el Área Metropolitana o la autoridad ambiental lo ha permitido.
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Espere, aun por riesgo
Este ese el caso de un unidad en La Aguacatala, que en diciembre vivió el desplome de una de las ramas de un viejo eucalipto.
El árbol, visiblemente deteriorado, representaba una amenaza para los habitantes ya que no era la primera vez en que el árbol perdía parte de su follaje.
Alfonso Vergara, quien conoció de estos hechos, sostuvo que el Área Metropolitana no había hecho la tala de este árbol a tiempo, por lo que el riesgo de que se presentara un accidente era importante.
Pese al malestar de Vergara y sus vecinos, el árbol debió esperar hasta que llegara la autoridad ambiental so pena de que les fuera impuesta una sanción.
La Ley 1333 de 2009 estableció el procedimiento sancionatorio ambiental y creó el Registro Único de Infractores Ambientales.
Según lo previsto por la ley, quien cause un daño podrá pagar multas hasta por 5000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, el cierre temporal o definitivo del establecimiento, la revocatoria o caducidad de la licencia ambiental, demolición de la obra y trabajo comunitario, entre otros.
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Por Álex Esteban Martínez Henao
alexm@gente.com.co