Lo que debe saber si va a modificar la fachada o el antejardín de su casa

Lo que debe saber si va a modificar la fachada o el antejardín de su casa

Lo que debe saber si va a modificar la fachada o el antejardín de su casa

Tenga en cuenta que las adecuaciones que planee hacer en la fachada, antejardín o techo de su vivienda deben respetar el espacio público.

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Recibimos el comentario de María Gómez, una de nuestras lectoras, quien nos hizo saber que cerca de su casa, en el barrio Fátima, una vecina hizo un cerramiento en el antejardín, para ello utilizó unas rejas con elementos punzantes que cubren los arbustos. Además embaldozó un segmento que corresponde a la acera.

En Gente hablamos con el Secretario de Gestión y Control Territorial de Medellín, Nicolás Duque Ossa, quien nos aclaró el concepto de espacio público: “Es el que está destinado para el uso común, e incluye todos los elementos arquitectónicos, espaciales y naturales de las propiedades privadas que satisfacen necesidades de uso público. Entre ellos los antejardines, las fachadas y los techos de las viviendas, que están sujetos a las normas urbanísticas y de construcción”.

Los antejardines
No solo embellecen el paisaje, también protegen los primeros niveles de las viviendas y aislan el ruido del exterior. Además, por ser espacios verdes, reducen los efectos del cambio climático y forman parte del sistema de drenajes naturales que tienen las ciudades. Por estas razones deben conservarse con grama y arborizados, sin tener tener cerramientos, tan solo elementos de protección, uno de ellos son las mallas. Cualquier modificación o intervención que se les quiera hacer debe tener la aprobación de la Curaduría Urbana.

Las fachadas
Deben estar frente al espacio público, esto aporta a la armonía, la estética urbana y a la seguridad de la vivienda y del entorno. Los cambios en estas partes exteriores no pueden incluir ventanas o balcones que permitan registrar el interior de las viviendas vecinas o afecten la privacidad y el derecho a la intimidad.

Se pueden instalar rejas, tapasoles o marquesinas, que son unos tipos de cubiertas que se ponen sobre las puertas y las ventanas. Si usted reside en una propiedad horizontal, debe tener la aprobación previa de la asamblea de copropietarios para que la adecuación sea uniforme con los demás inmuebles. Es importante saber que si la obra cambia los planos arquitectónicos, tendrá que dirigirse a alguna de las Curadurías Urbanas.

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La gente se acostumbra a hacer algunos cerramientos y a tomarse áreas que no le corresponden, aduciendo a temas de seguridad, pero por el uso normativo no se puede hacer. No debe hacerse un cerramiento si este interrumpe el paso peatonal. El Plan de Ordenamiento Territorial es muy claro en lo que puede hacerse y no en el espacio público. Los ciudadanos tienen injerencia en lo privado, siempre y cuando no afecte el espacio público”, Nicolás Duque Ossa, Secretario de Gestión y Control Territorial.

La regulación del espacio público es competencia del Departamento Administrativo de Planeación, lo que tiene que ver con licencias de la Curaduría Urbana. El control y el monitoreo los realiza la Subsecretaría de Control Urbanístico. Las sanciones y medidas correctivas son competencia de la inspección de policía.

Antes de intervenir los espacios públicos es necesario pensar en el bien colectivo. Las aceras son espacios utilizados a diario por los transeúntes, entre ellos adultos mayores y personas con movilidad reducida. Cualquier obra que quiera hacer en los antejardines debe tener en cuenta la convivencia, la seguridad y la armonía.

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Por Sarita Noreña
saritan@gente.com.co

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