Fábricas en los barrios incomodan a los vecinos

Fábricas en los barrios incomodan a los vecinos

Fábricas en los barrios incomodan a los vecinos

Habitantes de la comuna 11 se han visto afectados por empresas que se instalan en antiguas casas. Conozca qué dice la norma y ante quién puede quejarse.

La escena se repite cada día: camiones de carga transitan y estacionan en calles estrechas. El ruido de paquetes siendo descargados, voces dando instrucciones y máquinas funcionando a toda su capacidad, alcanza a escucharse desde las casas cada mañana.

Ángela Quintero, quien reside en una vivienda de la calle 49 en el barrio Estadio, es una de las vecinas de nuestra comuna que ha tenido que convivir a diario con esta situación: “Este era un barrio tranquilo, familiar, pero por cuenta de una fábrica se convirtió en un Guayaquil pequeño, un parqueadero público, con contaminación visual, auditiva, olfativa, vial. Los vecinos nos sentimos irrespetados”.

La vecina asegura que desde las 5 de la mañana, de lunes a sábado, en su vivienda se alcanza a escuchar el ruido de las motos de proveedores y distribuidores y agrega que “para poder entrar y salir de muestro parqueadero, con frecuencia tenemos que esperar que nos den vía. Lo irónico es que al pedir la vía que nos corresponde, nos hemos ganado insultos”.

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Pero el caso de Ángela Quintero no es el único. Jairo Gutiérrez es residente de una vivienda en la carrera 77, barrio Laureles, ha enfrentado la misma situación: en una propiedad vecina se instaló una fábrica. No obstante, su preocupación se centra en un asunto distinto, puesto que del lugar brotan fuertes olores que, asegura, provienen de sustancias químicas. “En la cuadra y en mi casa viven, en gran mayoría, adultos mayores. Ya no aguantamos más”, concluyó.

Consultado sobre este tema, el Departamento Administrativo de Planeación explicó que el Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín (POT) determina el uso del suelo que está permitido en cada zona. En ese orden de ideas, la dependencia confirmó que en los sitios descritos por los vecinos, “los inmuebles se ubican en áreas generales de uso denominadas como áreas de baja mixtura o también áreas predominantemente residenciales”.

Eso quiere decir que, de acuerdo con la norma, “en dichos predios se podría aprobar máximo un local, con área mínima de 9 metros cuadrados y máxima de 50 metros cuadrados, el cual debe ubicarse únicamente en el primer piso”. No se permite la ubicación de una actividad económica que ocupe todo el inmueble sino que una parte del mismo debe estar destinada a vivienda.

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Planeación señaló que en casos como estos, el Código Nacional de Policía y Convivencia en su artículo 87 las condiciones que deben cumplir los establecimientos para su funcionamiento, convirtiéndose en la norma que protege al ciudadano ante actividades irregulares o no autorizadas en los barrios.

Asimismo, indicó la dependencia, los vecinos cuentan con herramientas para conocer qué tipo de uso del suelo está permitido en su zona de residencia, que pueden ser consultadas en la página www.medelliin.gov.co: el texto del Acuerdo del Plan de Ordenamiento Territorial, que explica la definición y características de cada uso, así como el mapa que permite conocer a qué uso corresponde una determinada dirección.

Cabe anotar que el POT permite que en zonas con predominancia residencial, se establezcan famindustrias o industrias artesanales en pequeños locales, pero el Protocolo Ambiental y Urbanístico de la ciudad determina que estos establecimientos deben cumplir con actividades de mitigación por ruidos, vertimientos, manejo de líquidos y sustancias, contaminación atmosférica, vibración y cumplimiento de normas sanitarias, así como fijar un horario para el cargue y descargue de productos. El Protocolo prohíbe el parqueo de vehículos en el espacio público.

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La Alcaldía de Medellín ha definido que “el seguimiento, monitoreo y control a la implementación del modelo de ocupación del territorio, relacionado con la aplicación de las normas urbanísticas para la ejecución de obras sin licencias o contrariando lo dispuesto en las licencias”, sea competencia de la Subsecretaría de Control Urbanístico de la Secretaría de Gestión y Control Territorial. Por tanto, los vecinos que se sientan afectados por la actividad de una empresa en su barrio, “pueden presentar las quejas por incumplimiento de las normas de uso del suelo ante esta Entidad o ante la Inspección de Policía de la zona”, concluyeron voceros de la Alcaldía.

Por Sergio Andrés Correa
sergioco@gente.com.co

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