220 multas por código de policía en Belén

220 multas por código de policía en Belén

220 multas por código de policía en Belén

Desde agosto se cobran los comparendos por incumplir la Ley 1801 de 2016. Esto es lo que debe saber en caso de que cometa una falta.

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El consumo de bebidas alcohólicas y sustancias sicoactivas en el espacio público, lavar muebles en las calles, orinar en vía pública e irrespetar a las autoridades son las contravenciones que más se han multado en la ciudad desde que comenzaron a regir las sanciones económicas por incumplir el Nuevo Código de Policía.

Al Centro de Resolución de Comparendos (CRC), que se encuentra ubicado en la carrera 52 con calle 71-84 (Casa de Justicia El Bosque), han llegado un total de 4650 comparendos reportadas por las estaciones de Polcía de las 16 comunas y 5 corregimientos de la ciudad. De los cuales 220 han ocurrido en Belén.

César Javier Silva, uno de los 2 inspectores que dirige el CRC, afirma que hasta el 9 de octubre se acercaron a esta entidad 1634 ciudadanos, de los cuales 65 objetaron el comparendo y solicitaron audiencia, y el resto pagaron con curso o dinero.

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¿Cómo funciona el proceso? Silva explica que los comandantes de estación comisionan a sus policías para que intervengan las prioridades que demanda la comunidad y toman como referencia las quejas que se denuncian por medio de canales como Seguridad en Línea, el 123 y los Comités Locales de Gobierno.

“Si la conducta da lugar a comparendo el uniformado le informa al ciudadano que debe presentarse al Centro de Resolución de Comparendos dentro de los 3 días siguientes a la imposición de la multa, en caso de que quiera objetarlo, para fijar la fecha de la audiencia”, asevera el inspector. En caso de que la persona esté de acuerdo, puede acercarse dentro de los 5 días siguientes para acceder a algún tipo de beneficio.

Si el comparendo es tipo 1 o tipo 2, continúa Silva, puede hacer un curso de 2 horas en el ITM que se conmuta por el valor total de la multa, o pagar el 50 %. Es decir que si un ciudadano tiene una multa por consumir bebidas alcohólicas en un parque, las autoridades le imponen un comparendo por 8 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (smldv), que equivalen a $ 196.724, y si comparece ante el CRC dentro del término establecido puede tomar la gabela de pagar solo el 50 % o conmutar la deuda con el curso.

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Si comete alguna falta que dé lugar a una multa tipo 3 o 4 (lavar carros en vía pública, por ejemplo, que equivale a $786.680) y se presenta también en el término de 5 días podrá hacer el curso y pagar solo el 25 % de la multa. Para estos 2 tipos de sanciones económicas el beneficio solo regirá hasta el 29 de enero de 2018.

El funcionario Ángel Esteban Marín precisa que si la persona es reincidente en el incumplimiento de algún artículo y numeral específico, pierde todos los derechos a estos beneficios, “tendría que pagar la totalidad de la multa, más el 50 % adicional”. Quienes no se presenten también la deben pagar toda, a menos que presenten una excusa médica que justifique su no comparecencia.

Cabe recordar que el estado de los comparendos es de consulta pública y se encuentra disponible en el Sistema de Registro Nacional de Medidas Correctivas (SRNM). Así que los empleadores pueden consultar con el número de cédula los antecedentes de las personas a contratar. Puede informase acerca de la Ley 1801 de 2016 en www.policia.gov.co.

Por Jessica Serna Sierra
jessicas@gente.com.co

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